El artículo 40 de la ley de educación superior (ley 24.521) establece que "corresponde exclusivamente a las instituciones universitarias otorgar el título de grado de licenciado y títulos profesionales equivalentes, así como los títulos de posgrado de magister y doctor..."
Toda institución universitaria debe ser creada de acuerdo con dicha ley.
Según los artículos 62 y 65 de ésta, tanto su funcionamiento provisorio (por seis años, con expresa indicación de las carreras, grados y títulos ofrecidos) como el definitivo deben ser autorizados por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
Sin embargo, es de público conocimiento que en 2000 la "Asociación Madres Plaza de Mayo" creó una "Universidad Popular Madres de Plaza de Mayo" (UPMPM), sobre la que puede obtenerse información en
http://www.madres.org/univupmpm/univumpm.asp.
Consultando la fuente recién indicada, es posible enterarse de lo siguiente:
1. La UPMPM se define como una "Universidad de Lucha y Resistencia".
2. Su rectora es Hebe de Bonafini, cuyos antecedentes académicos no se informan.
3. La entidad dicta once carreras, previendo la emisión de títulos habilitantes para:
* Abogacía y Licenciatura y Profesorado en Historia, de acuerdo con una "Autorización Provisoria en Trámite.
Expediente Nº 16858/07 Ministerio de Educación", cuyo contenido desconocemos.
* La Licenciatura en Trabajo Social de acuerdo con un convenio con la Universidad Nacional de San Martín (resolución 92/05 de su Consejo Superior, que tampoco logramos localizar).
4. Las tres carreras con "títulos habilitantes" están aranceladas.
5. En todas las carreras deben cursarse las asignaturas "Historia de las Madres de Plaza de Mayo" y "Formación Política".
Para la segunda puede optarse entre la Cátedra Carlos Marx y la Cátedra Ernesto Guevara.
6. Al finalizar cada ciclo lectivo, los egresados reciben, en un acto público, un certificado de estudios "al tiempo que hacen suyo un compromiso ético-político hacia la lucha de las Madres de Plaza de Mayo, lo/as 30.000 desaparecido/as y la cultura revolucionaria" (sic).
La solicitud de autorización provisoria de la UPMPM se encuentra "en análisis" por parte de la CONEAU, según se informa en
http://www.coneau.edu.ar/index.php?
item=84&apps=1024&tpl=inst_priv_prov&idioma=aa
Los expertos que evaluarán la solicitud fueron designados en la sesión ordinaria de la CONEAU del 4 de mayo de 2009
http://www.coneau.gov.ar/archivos/1470.pdf
Concordantemente, la UPMPM no aparece en la lista de universidades autorizadas a funcionar que publica la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación
http://www.me.gov.ar/spu/Servicios/Autoridades_Universitarias/autoridades_universitarias.html
Esto es, la UPMPM nunca fue autorizada a funcionar como una entidad universitaria de las previstas en la ley de educación superior, de modo que su accionar es violatorio del artículo 68 de ésta, que establece:
Los establecimientos privados cuya creación no hubiere sido autorizada conforme a las normas legales pertinentes no podrán usar denominaciones ni expedir diplomas, títulos o grados de carácter universitario.
La violación de esta norma dará lugar a la aplicación de sanciones conforme lo establezca la reglamentación de la presente ley, la que podrá llegar a la clausura inmediata y definitiva de la entidad y a la inhabilitación de los responsables para ejercer la docencia, así como para desempeñar la función pública o integrar órganos de gobierno de asociaciones civiles dedicadas a la educación superior.
No sabemos si la UPMPM ha llegado a expedir diplomas, pero es claro que ha utilizado y utiliza una denominación que contiene la palabra "Universidad" sin tener la debida autorización legal, además de publicitar la existencia de carreras con "títulos habilitantes", por las que pudo haber percibido aranceles.
Esta situación irregular parece ser considerada meritoria en unas palabras que en Wikipedia se atribuyen a Hebe de Bonafini
http://es.wikipedia.org/wiki/Madres_de_Plaza_de_Mayo
La Universidad es combativa, revolucionaria, y es ilegal:
cuando la abrimos dijimos cómo vamos a pedirles a los fascistas que nos autoricen la universidad.
Nosotras tenemos derecho de abrirla, por qué no.
Por otra parte, existe una responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional (el actual y los anteriores) y del ministro del área, por la falta de acciones dirigidas a impedir la violación de la ley de educación superior, que se ha extendido por años.
En relación con la cuestión, vale recordar que:
1. Es el Ministerio de Educación el que tiene a su cargo la tarea de "entender en la creación de nuevas instituciones universitarias y en la fiscalización de las instituciones universitarias de gestión privada" (ley 22.520, artículo 23 quater, inciso 12).
2. El art. 248 del Código Penal establece que "será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que (...) no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".
Ignoramos si algún fiscal está trabajando sobre las cuestiones indicadas, que tarde o temprano deberán ser evaluadas por el Poder Judicial.
Mientras tanto, e independientemente de que se hayan o no se hayan iniciado acciones judiciales contra la Asociación Madres Plaza de Mayo, sus dirigentes y algún Ministro de Educación, debería disponerse la clausura inmediata que prevé el art. 68 de la ley de educación superior.
Enrique Fowler Newton
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